Lo esencial
- Para activar el autoconsumo a través de la comercializadora, tu instalación debe estar legalizada en tu comunidad autónoma: CIE de generación y justificante de presentación.
- Después, solicitas la activación a tu comercializadora, que prepara la oferta y envía a la distribuidora una solicitud de modificación del contrato (M1).
- La distribuidora verifica y activa el autoconsumo y lo notifica a la comercializadora mediante la comunicación D1.
- A principios de 2023 eran habituales los retrasos en las notificaciones D1, que dejaban a clientes con todo en regla sin compensar sus excedentes.

Para activar el autoconsumo a través de la comercializadora necesitas, primero, tener tu instalación legalizada en tu comunidad autónoma. Después, solicitas la activación a tu comercializadora, que tramita el cambio con la distribuidora. Cuando la distribuidora lo confirma, empiezas a compensar tus excedentes.
Te explicamos cada paso y por qué a veces el proceso se atasca.
Requisito previo: la instalación legalizada
Para que la comercializadora pueda activar el autoconsumo, tu instalación fotovoltaica debe estar legalizada en tu comunidad autónoma. Necesitas:
- el certificado de instalación eléctrica (CIE) de generación;
- los registros autonómicos correspondientes, con su justificante de presentación.
Si aún no los tienes, empieza por nuestra guía para la tramitación de excedentes en España.
Solicitud de la activación como autoconsumidor
1. Contacta con tu comercializadora
Solicita la activación por teléfono o en una oficina comercial de la compañía.
2. Verificación de solicitudes
La comercializadora comprueba que no hay ninguna otra solicitud de activación de autoconsumo en curso para tu suministro.
3. Preparación de la oferta
Si no la hay, prepara la oferta y te pide la documentación necesaria. La oferta incluye las condiciones del contrato, el precio de la energía y, si te acoges a compensación, el precio de los excedentes. Compara antes de aceptar en tarifas de autoconsumo.
4. Envío del M1 a la distribuidora
Cuando aceptas la oferta, la comercializadora envía a la distribuidora una solicitud de modificación contractual (M1) para que tu suministro pase a figurar como autoconsumo.
5. Comprobación de la distribuidora y notificación D1
La distribuidora verifica la solicitud, la acepta y activa el autoconsumo. Después lo comunica a la comercializadora mediante la notificación D1, y también a la comunidad autónoma. Desde ese momento puede aplicarse la compensación de excedentes en tus facturas.
| Paso | Quién lo hace | Qué ocurre |
|---|---|---|
| Legalización | Instalador y titular | CIE de generación y registro autonómico |
| Solicitud | Titular | Pide la activación a la comercializadora |
| Oferta | Comercializadora | Condiciones y documentación |
| M1 | Comercializadora | Solicitud de modificación a la distribuidora |
| Activación y D1 | Distribuidora | Activa el autoconsumo y lo notifica |
Retrasos en las notificaciones D1
A principios de 2023, cuando se publicó este artículo, las distribuidoras estaban acumulando retrasos en las notificaciones D1. Había clientes con todo legalizado por la comunidad autónoma y con el M1 emitido por su comercializadora que seguían sin compensar sus excedentes ni figurar como autoconsumidores.
Si al activar el autoconsumo cambias también el titular del contrato, revisa cómo cambiar el titular del contrato de luz.
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para activar el autoconsumo en mi contrato de luz?
Tener la instalación legalizada en tu comunidad autónoma, con el certificado de instalación eléctrica (CIE) de generación y el justificante de presentación, y solicitar la activación a tu comercializadora.
¿Qué es el M1 en autoconsumo?
Es la solicitud de modificación contractual que la comercializadora envía a la distribuidora para que el suministro pase a figurar como autoconsumo.
¿Qué es la notificación D1?
Es la comunicación con la que la distribuidora informa a la comercializadora de que el suministro ya está reconocido como punto de autoconsumo. Sin ella, la comercializadora no puede compensar los excedentes.
¿Por qué no me compensan los excedentes si ya tengo todo legalizado?
Suele deberse a retrasos en la notificación D1 de la distribuidora. Mientras no llegue, la comercializadora no puede aplicar la compensación. Conviene reclamar y hacer seguimiento.



