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Para empresas

Bonificación del IBI y del ICIO por placas solares en Cádiz: qué puede ahorrar tu empresa

Cádiz bonifica el 50 % del IBI 4 años (máx. 300 €/año) y el 95 % del ICIO por placas solares, también en locales y naves. Requisitos, plazos y ejemplo.

TEEquipo de Tu ExcedenteAsesoría energética
4 min de lectura

En resumen

  • Cádiz bonifica el 50 % de la cuota íntegra del IBI durante los cuatro periodos impositivos siguientes a la instalación de placas solares, con un máximo de 300 € al año por inmueble y sin superar el 30 % del coste de la instalación (Ordenanza 01, artículo 14 ter).
  • La bonificación se refiere a «bienes inmuebles» sin limitarla al uso residencial, así que también alcanza a locales y naves.
  • El ICIO se bonifica al 95 % para instalaciones de aprovechamiento solar que no sean obligatorias por ley (Ordenanza 05, artículo 4.6).
  • Fuente: ordenanzas fiscales publicadas por el Ayuntamiento de Cádiz, con modificaciones hasta el BOP de Cádiz núm. 54, de 20/03/2026; consultadas el 29/09/2026.

Cádiz es de los pocos municipios de la provincia que bonifica el IBI por placas solares también a locales y naves. La ordenanza concede un 50 % de la cuota íntegra durante cuatro años, con un tope de 300 € al año por inmueble. Además, el ICIO de la obra se bonifica al 95 %.

Los datos salen de las ordenanzas fiscales que publica el Ayuntamiento: Ordenanza 01 del IBI y Ordenanza 05 del ICIO (PDF, consultadas el 29/09/2026).

La bonificación en Cádiz, dato a dato

ConceptoIBI (Ordenanza 01, art. 14 ter)ICIO (Ordenanza 05, art. 4.6)
Porcentaje50 % de la cuota íntegra95 % de la cuota
Duración4 periodos impositivos siguientes a la instalaciónUna vez, en la obra
Tope300 €/año por inmueble; la suma total ≤ 30 % del coste de la instalaciónSolo la parte de cuota de la instalación solar
¿Naves y locales?Sí: habla de «bienes inmuebles» y cita pisos y localesSí: cualquier construcción que incorpore el sistema
RequisitosFotovoltaica legalizada y registrada; colectores homologados si es térmica; no obligatoria por ley; con licenciaLos mismos; presupuesto desglosado si hay otras obras
PlazoHasta el 31 de enero del primer año siguiente a la instalaciónAl presentar la autoliquidación
CompatibilidadIncompatible con las demás bonificaciones del IBI (art. 14 quinquies)Incompatible con las demás del artículo, salvo la de accesibilidad
Tipo de gravamen0,74 % urbano4 %

El texto consolidado del IBI entró en vigor el 1 de enero de 2020 y recoge modificaciones publicadas en el BOP de Cádiz núm. 239, de 19 de diciembre de 2023, y núm. 54, de 20 de marzo de 2026. El marco legal es el Real Decreto Legislativo 2/2004 (en la redacción que le dio el Real Decreto-ley 7/2026, que añade la energía ambiente), artículos 74.5 (IBI, hasta el 50 %) y 103.2.b (ICIO, hasta el 95 %).

Qué supone para tu empresa: ejemplo

Ejemplo ilustrativo con cifras hipotéticas. No corresponde a ningún cliente.

Un local comercial en Cádiz con un valor catastral de 150.000 € instala placas por 20.000 € de presupuesto de ejecución material.

ConceptoCálculoResultado
Cuota íntegra de IBI150.000 € × 0,74 %1.110 €/año
50 % de la cuota1.110 € × 50 %555 €
Bonificación aplicabletope de 300 €/año300 €/año
Total en 4 años300 € × 41.200 €
Límite del 30 % del coste20.000 € × 30 %6.000 € (no llega)
ICIO sin bonificación20.000 € × 4 %800 €
Bonificación del ICIO800 € × 95 %760 €

Ahorro fiscal total: unos 1.960 €. En la práctica, con el tope de 300 € el porcentaje real de bonificación del IBI de un local o nave grande queda muy por debajo del 50 %. Para una empresa, el ICIO suele pesar más que el IBI.

Cómo pedirla, paso a paso

  1. Licencia antes de empezar. Si inicias la obra sin la licencia municipal, pierdes las dos bonificaciones.
  2. ICIO en la autoliquidación. Al presentarla, aplica tú mismo el 95 % sobre la parte solar y adjunta la documentación que acredita los requisitos. Si el presupuesto incluye otras obras (por ejemplo, reparar la cubierta), desglósalas.
  3. Legaliza la instalación. En fotovoltaica, la ordenanza pide acreditar la legalización y el registro. En Andalucía se hace por la plataforma PUES de la Junta: lo explicamos en placas solares en nave industrial.
  4. Solicita el IBI antes del 31 de enero del año siguiente a la instalación, con la documentación técnica y la factura. Si ya consta en otro expediente municipal, basta con indicarlo.
  5. Instalaciones compartidas. Si varios locales de un edificio comparten la instalación, añade la relación de partícipes y lo que se ha repercutido a cada uno. El tope de 300 € se aplica a cada piso o local.

Particularidades de Cádiz para empresas

  • Local en régimen de propiedad horizontal. Es el caso más común en el casco urbano. La ordenanza admite la bonificación si el local participa en una instalación compartida de la comunidad.
  • Zona Franca. Las naves de la Zona Franca de Cádiz tienen cubiertas grandes y consumo de día. Con el tope de 300 €, la bonificación del IBI es simbólica frente a su cuota; el ICIO sí se nota.
  • Cotitulares. Si el inmueble tiene varios titulares o la cuota está dividida, los límites se reparten entre ellos.
  • Otras bonificaciones. Si ya disfrutas de una bonificación del IBI por actividad de especial interés (art. 14 bis), no podrás sumar la solar: se aplica la más favorable.

Antes de decidir

La bonificación ayuda, pero no justifica la instalación por sí sola. Revisa:

Todos nuestros servicios para pymes están en asesoría energética para empresas.

Preguntas frecuentes

¿La bonificación del IBI por placas solares en Cádiz vale para un local o una nave?

Sí. El artículo 14 ter de la ordenanza del IBI habla de «bienes inmuebles» sin exigir uso residencial, y menciona expresamente pisos y locales en instalaciones compartidas.

¿Cuánto es lo máximo que me pueden bonificar en el IBI?

300 € al año por inmueble durante cuatro años, y la suma de los cuatro años no puede superar el 30 % del coste de la instalación.

¿Hasta cuándo puedo pedir la bonificación del IBI?

Hasta el 31 de enero del primer periodo impositivo siguiente a la instalación. Si la pides más tarde, solo tiene efectos desde el año siguiente a la solicitud y dentro de esos cuatro años.

¿Cómo se aplica la bonificación del ICIO del 95 %?

La aplicas tú en la autoliquidación del impuesto, adjuntando la documentación que acredite los requisitos. Solo cubre la parte del presupuesto destinada a la instalación solar.

¿Pierdo la bonificación si empiezo la obra sin licencia?

Sí. Tanto la ordenanza del IBI como la del ICIO excluyen la bonificación si las obras se realizan o inician sin la licencia municipal correspondiente.

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