En resumen
- Mairena del Aljarafe bonifica el 30 % de la cuota íntegra del IBI, con un máximo de 300 €, durante tres periodos impositivos a las viviendas de uso residencial que sean vivienda habitual y tengan al menos 2 kW de placas (Ordenanza del IBI, artículo 13.1).
- Las naves, los locales y las oficinas no tienen bonificación de IBI por placas solares.
- El ICIO se bonifica al 30 % en las obras que tienen por objeto exclusivo incorporar placas fotovoltaicas, sin limitarlo a viviendas (Ordenanza del ICIO, artículo 10).
- Fuente: ordenanza del IBI aplicable desde el 1/1/2025 (BOP de Sevilla núm. 248, de 24/12/2024) y ordenanza del ICIO publicada en el Portal de Transparencia municipal; consultadas el 29/09/2026.
En Mairena del Aljarafe, la bonificación del IBI por placas solares es del 30 %, con un máximo de 300 €, durante tres años, y solo para la vivienda habitual. Una nave, un local o una oficina no la tienen. Para una empresa, la ventaja está en el ICIO: la obra que instala placas fotovoltaicas se bonifica un 30 %, sea cual sea el uso del inmueble.
Las fuentes son la ordenanza del IBI (PDF), aprobada por el Pleno el 4/11/2024 y publicada en el BOP de Sevilla núm. 248, de 24/12/2024 (CVE BOP-SE-2024-248067), y la ordenanza del ICIO (PDF) del Portal de Transparencia, que cita el BOP núm. 131, de 8/6/2020. No hemos encontrado modificaciones posteriores de ninguna de las dos en el BOP. Fecha de consulta: 29/09/2026.
La bonificación en Mairena del Aljarafe, dato a dato
| Concepto | IBI (artículo 13.1) | ICIO (artículo 10) |
|---|---|---|
| Porcentaje | 30 % de la cuota íntegra | 30 % de la cuota |
| Tope | 300 € | Solo la parte de la obra que es instalación fotovoltaica |
| Duración | 3 periodos impositivos siguientes al año de la solicitud | Una vez, sobre la obra |
| ¿Naves, locales, oficinas? | No: viviendas de uso residencial que sean vivienda habitual | Sí: obras con objeto exclusivo de incorporar placas fotovoltaicas |
| Potencia mínima | 2 kW por vivienda | No se exige |
| Exclusiones | Obra nueva o rehabilitación sujeta al Código Técnico de la Edificación; inmueble ya bonificado en los 20 años anteriores | Instalación sin homologación comprobada por Urbanismo |
| Compatibilidad | Incompatible con cualquier otra bonificación del IBI | Se aplica después de la de especial interés municipal, si la hay |
| Plazo | En el año anterior al que debe surtir efecto | Con la autoliquidación del impuesto |
| Tipo del impuesto | Urbana: 0,657 % | 3,5 % |
Hasta 2024 la bonificación era más generosa. Al aprobar las ordenanzas de 2025, el Ayuntamiento explicó que las nuevas bonificaciones por placas pasaban a tres años y se reducían al 30 %. Las concedidas antes por un periodo determinado se mantienen hasta agotarlo (disposición transitoria primera de la ordenanza del IBI).
Qué supone para una empresa en Mairena del Aljarafe
- IBI: ninguna rebaja en naves, locales u oficinas.
- ICIO: el 30 % se aplica a obras de aprovechamiento eléctrico (fotovoltaica). La térmica no aparece en este artículo.
- Suma con el especial interés: si tu proyecto consigue la declaración de especial interés o utilidad municipal (artículo 9), la bonificación solar se calcula sobre la cuota que queda después. Es una de las pocas ordenanzas de la zona que lo permite de forma expresa.
- Documentación técnica: la Gerencia de Urbanismo comprueba la homologación antes de dar por buena la bonificación.
Cómo solicitar la bonificación del ICIO paso a paso
- Encarga el proyecto o la memoria técnica y un presupuesto de ejecución material que detalle el coste de la instalación fotovoltaica.
- Solicita la licencia de la instalación en la Gerencia Municipal de Urbanismo y paga las tasas.
- Presenta la autoliquidación del ICIO aplicando el 30 % y adjunta: memoria o proyecto, certificado del instalador autorizado, registro de la instalación ante la Junta si procede, solicitud de licencia, informe técnico favorable, justificante de las tasas y el presupuesto desglosado.
- Espera la comprobación final. Si la obra no se ajusta a la licencia, se pierde la bonificación y se regulariza.
Cómo solicitar la bonificación del IBI (vivienda habitual)
Preséntala en el año anterior al que quieres que se aplique, con la licencia o la conformidad de la declaración responsable, el justificante de pago de la tasa urbanística y del ICIO, el certificado de legalización y puesta en servicio de la Junta y la autorización para comprobar los documentos. Las comunidades de propietarios con instalación compartida pueden pedirla para los pisos vinculados.
Ejemplo ilustrativo: nave en Mairena del Aljarafe
Ejemplo con valores hipotéticos. Los tipos son los de las ordenanzas citadas.
Una empresa tiene una nave con un valor catastral de 220.000 € e instala placas con un presupuesto de ejecución material de 50.000 €, todo dedicado a la instalación fotovoltaica.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| IBI anual de la nave | 220.000 € × 0,657 % | 1.445,40 € |
| Bonificación de IBI | No aplica (no es vivienda) | 0 € |
| Cuota del ICIO | 50.000 € × 3,5 % | 1.750,00 € |
| Bonificación del ICIO (30 %) | 1.750,00 € × 30 % | −525,00 € |
| ICIO a pagar | 1.225,00 € |
Son 525 € de ahorro puntual. El grueso de la rentabilidad seguirá saliendo de la factura: cuánta energía consumes mientras producen las placas y a qué precio te compensan lo que viertes.
Siguientes pasos
- Qué revisar en la cubierta y cómo dimensionar: placas solares en nave industrial.
- Tratamiento contable y fiscal de la inversión: fiscalidad del autoconsumo para empresas.
- Ayudas que puedes sumar: ayudas al autoconsumo para empresas en Andalucía.
- Compara con otros municipios en la guía de bonificaciones de IBI e ICIO por placas solares o vuelve a la asesoría energética para empresas.
Preguntas frecuentes
¿Mi nave en Mairena del Aljarafe tiene bonificación del IBI por placas?
No. El artículo 13.1 de la ordenanza del IBI limita la bonificación a viviendas de uso residencial que sean la vivienda habitual del titular.
¿Cuánto se bonifica el ICIO de una instalación fotovoltaica en una nave?
Un 30 % de la cuota, siempre que la obra tenga por objeto exclusivo incorporar la instalación fotovoltaica y los costes estén detallados en el presupuesto de ejecución material.
¿La bonificación solar del ICIO se suma a otras?
Sí, con la de especial interés o utilidad municipal: la solar se aplica sobre la cuota que queda después de esa. La ordenanza lo dice expresamente en el artículo 10.
¿Cuándo pido la bonificación del IBI en mi vivienda?
En el año anterior al que quieres que se aplique. Dura tres periodos impositivos y no puedes volver a pedirla para el mismo inmueble hasta pasados 20 años.
¿Es compatible la bonificación solar del IBI con la de familia numerosa?
No. La ordenanza dice que la bonificación por aprovechamiento solar no es compatible con ninguna otra bonificación del IBI.
